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Trabajo en grupo

Celebrado con un grupo de trabajadores considerado en su totalidad.

  • El empresario no tendrá frente a cada uno de sus miembros los derechos y deberes que como tal le competen.
  • El jefe de grupo ostentara la representación de los que lo integran, respondiendo de las obligaciones inherentes a dicha representación.
  • El contrato podrá ser verbal o escrito.
  • Su duración podrá ser indefinida.