Definición del programa
Mejorar la empleabilidad, reciclar profesionalmente y ofrecer nuevas competencias y habilidades a personas desempleadas mediante su contratación temporal para la realización de obras o servicios de interés general y social.
Características del contrato
Las Administraciones públicas, Organismos del Estado o Entidades sin ánimo de lucro, contratarán a los trabajadores seleccionados por las Oficinas de Empleo mediante contratación temporal, de conformidad con su normativa específica. No obstante, el contrato de trabajo, se celebrará generalmente por obra o servicio, se formalizara por escrito y se comunicará al Servicio Público de Empleo en los diez días siguientes a su concertación.
Los trabajadores desempleados que sean contratados para trabajar en estos serán retribuidos de acuerdo con lo establecido en el convenio colectivo que sea de aplicación, en razón al tipo de obra o servicio.
Requisitos de los trabajadores
Personas sin trabajo inscritas en las Oficinas de Empleo.
Criterios que se tendrán en cuenta en la selección:
- Mayor adecuación al puesto de trabajo ofertado.
- Ser persona con discapacidad.
- Ser perceptores de prestaciones o subsidio de desempleo.
- Tener responsabilidades familiares.
- Tiempo de permanencia en desempleo.
- Condición de mujer y edad, de acuerdo con la Estrategia Europea para el Empleo.
Requisitos de la empresa
Serán entidades colaboradoras: Órganos de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Universidades, entidades sin ánimo de lucro, las corporaciones locales, etc.
Incentivos
El Servicio Público de Empleo destinará créditos con cargo a sus presupuestos anuales para subvencionar los costes salariales y cotización empresarial de trabajadores desempleados, contratados por las Corporaciones locales y otras Administraciones públicas, cuando dichas contrataciones tengan por objeto la ejecución de proyectos de interés general y social.
Subvención