A la terminación del contrato, el trabajador tendrá derecho a una indemnización de doce días de salario por año de servicio.
Posibilidad de obtener los beneficios establecidos en el R. D. 1451/1983, modificado por el R. D. 170/2004, y en la Ley 43/2006, por la transformación del contrato temporal en indefinido.