Sentencia del Tribunal Supremo en apoyo a la segunda oportunidad
18/07/2019
El pasado 2 de julio el Tribunal Supremo daba en una sentencia un paso trascendental para los autónomos que tropiezan, se levantan y quieren emprender de nuevo. El Alto Tribunal permitirá que los emprendedores en quiebra puedan librarse de gran parte de las deudas que tengan contraídas con Hacienda y la Seguridad Social con el fin de facilitar los mecanismos que permitan su segunda oportunidad.
El fallo amplía la capacidad de los juzgados de lo mercantil para decidir sobre si se condona hasta un 70% de las deudas que los autónomos, en situación de insolvencia, hayan contraído con la Administración. Además, el Supremo deja en manos de los tribunales la potestad de que la cantidad que quede fuera de la quita se pueda pagar de forma fraccionada en un periodo de hasta cinco años, previo acuerdo de un plan en el que se tenga en cuenta la capacidad económica del autónomo afectado por la quiebra del negocio.
La Ley de Segunda Oportunidad que se aprobó en el año 2015 dejaba fuera la exoneración de los créditos con el Fisco y la Seguridad Social, lo que hizo que la norma que daba a los empresarios personas físicas la posibilidad de comenzar de nuevo, fuese un instrumento incompleto. Con esta sentencia, por lo tanto, se da un paso más en el apoyo a los emprendedores cuando intentan una segunda oportunidad.