Extinción de una Sociedad mercantil, una Comunidad de bienes y/o una Sociedad civil
Inscripción del nombramiento de los liquidadores
El acuerdo de nombramiento de los liquidadores hay que elevarlo a escritura pública, para que se pueda inscribir. El nombramiento es objeto de inscripción en el Registro Mercantil correspondiente al domicilio social y deberá ser publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME), este trámite conlleva un gasto asociado.
En general, la inscripción habrá de solicitarse dentro del mes siguiente al acuerdo de la Junta General o título inscribible que documente dicho nombramiento.
- Acuerdo de nombramiento de los liquidadores o título inscribible que documente dicho nombramiento.
- Resguardo de la provisión de fondos por gastos de publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME)