La empresa colaboradora que contrate a un trabajador del enclave que pertenezca al colectivo del grupo a) o b) tendrá las siguientes ayudas:
- Subvención de 7.814 euros por cada contrato de trabajo celebrado a jornada completa. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada.
- Subvención por adaptación de puesto de trabajo y eliminación de barreras de conformidad con lo establecido en el R. D. 1451/83, modificado por el R. D. 170/2004.
Si la empresa colaboradora contrata a un trabajador del enclave que pertenezca al colectivo del grupo c), tendrá derecho a las siguientes ayudas:
- Subvención de 3.907 euros por cada contrato de trabajo celebrado a jornada completa. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada.
- Subvención por adaptación de puesto de trabajo y eliminación de barreras de conformidad con lo establecido en el R. D. 1451/83, modificado por el R. D. 170/2004.
Bonificación de las cuotas empresariales de la Seguridad Social:
- Si el contrato se celebra a tiempo completo, la empresa tendrá derecho a las siguientes bonificaciones:
| Hombres | Mujeres |
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Trabajadores discapacitados sin discapacidad severa: |
- menores de 45 años | 4.500 euros/año | 5.350 euros/año |
- mayores de 45 años | 5.700 euros/año | 5.700 euros/año |
Trabajadores discapacitados con discapacidad severa: |
- menos de 45 años | 5.100 euros/año | 5.950 euros/año |
- mayores de 45 años | 6.300 euros/año | 6.300 euros/año |
- Si la contratación se realiza a tiempo parcial, la cuantía de la bonificación corresponderá a lo establecido en el artículo 2.7 la
Ley 43/2006, según redacción dada por el artículo 6.2 de la Ley 27/2009.