La
creación de empresas por Internet (CIRCE) es un sistema que ofrece la posibilidad de realizar los trámites de constitución y puesta en marcha de la Sociedad de Responsabilidad Limitada por medios telemáticos. De esta forma se evitan desplazamientos y se produce un ahorro sustancial en tiempo y costes. Para las sociedades con capital social no superior a 3.100 euros se aplicarán como aranceles notariales y registrales, los establecidos en el
Real Decreto Ley 13/2010.
Para crear una empresa por internet, el emprendedor por sí mismo o acudiendo a un
Punto de Atención al Emprendedor (PAE), deberá cumplimentar el Documento Único Electrónico (DUE) (ver Vídeos explicativos de cada apartado del DUE).
Si escoge este último sistema, el único desplazamiento a realizar será acudir a la notaría.
Con el envío a través de internet del DUE cumplimentado, se inicia la tramitación telemática. A partir de este momento el sistema de tramitación telemática (STT-CIRCE) envía a cada organismo interviniente en el proceso la parte del DUE que le corresponde para que realice el trámite de su competencia.
El sistema, también, permite consultar, a través de Internet y previa autenticación, el estado del expediente:
acceso a la consulta de expedientes.
Además, se pueden recibir mensajes en el teléfono móvil comunicando la finalización de los trámites más significativos.
IMPORTANTE: Como emprendedor o empresario, en el caso de creación o cese de una empresa, le informamos que tiene
la obligación de revisar y firmar el DUE antes de enviarlo, para ello le recomendamos que solicite al PAE una copia impresa del DUE-pdf asociado a su expediente. Este documento contiene toda la información que ha sido cumplimentada a través del PAE Electrónico, y le facilitará la labor de verificar que dicha información está completa y es correcta. Así mismo, le aconsejamos que guarde la copia del DUE-pdf correspondiente al DUE enviado por si surgiese algún problema posterior en el proceso de tramitación.
TRÁMITES PREVIOS
Antes de cumplimentar el Documento Único Electrónico (DUE), el emprendedor deberá realizar las siguientes actuaciones:
CUMPLIMENTACIÓN DEL DUE
Una vez llevadas a cabo las actuaciones indicadas se deberá cumplimentar y enviar el DUE.
Como ya se ha indicado, la cumplimentación del DUE se puede realizar de dos maneras:
- Por el propio emprendedor. Es requisito imprescindible disponer de certificado electrónico.
Una vez enviado telemáticamente, el DUE será revisado por los técnicos de la DGIPYME y, si detectan algún error se pondrán en contacto con el emprendedor para subsanarlo, en caso contrario darán curso al proceso.
- El emprendedor acude a un centro PAE para que le ayuden a cumplimentar el DUE.
En el caso especial de que la sociedad a constituir fuera a desarrollar una actividad encuadrada en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar, el STT-CIRCE contrastará con la Dirección General de Marina Mercante los datos correspondientes a la embarcación elegida como Centro de Trabajo, y con la Secretaría General de Pesca los datos de la Licencia de Pesca.
Otorgamiento de la Escritura de constitución
Con el envío del DUE, se genera una solicitud de cita con la Notaría elegida para el otorgamiento de la escritura pública de constitución de la sociedad. Esta cita se obtiene de forma inmediata por medio de una comunicación en tiempo real con el sistema de la Agenda Notarial, que facilita los datos de la Notaría, la fecha y hora de la cita.
El emprendedor deberá acudir a la cita con el Notario aportando:
- el certificado de desembolso del capital social (la obtención de este certificado se ha explicado anteriormente en "Aportación del capital social").
- el certificado negativo de la denominación social obtenido en el Registro Mercantil Central (la obtención de este certificado se ha explicado en "Reserva de Denominación Social").
Pasos que realiza el sistema telemático de creación de empresas, sin intervención del emprendedor, una vez cumplimentado el DUE:
TRÁMITES COMPLEMENTARIOS
Trámites complementarios que se pueden realizar a través de la cumplimentación del DUE.
TRAMITES NO INCLUIDOS EN EL SISTEMA
Existen una serie de trámites necesarios para constituir la SRL que todavía no están cubiertos por CIRCE. Entre ellos:
- La comunicación de la apertura del Centro de Trabajo (trámite incluido en el procedimiento telemático únicamente en la Región de Murcia y la Comunidad de Madrid), en caso de tener contratados trabajadores.
- La obtención y legalización de los libros.
- Inscripción, en su caso, en otros organismos oficiales y/o registros.
DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN PARA CUMPLIMENTAR EL DUE
Constitución de empresas por Internet - vídeo explicativo