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Inicio - Nacimiento - Proceso de constitución y adopción de personalidad jurídica - PROCESO DE CONSTITUCIÓN Y ADOPCIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA

Comunidad de Bienes

Flujograma para la forma jurídica Comunidad de Bienes

Procesos de constitución

  • Trámite privado: Todos los comuneros firmaran un contrato privado en el que se detalle la naturaleza de las aportaciones y porcentaje de participación que cada comunero tiene en las pérdidas y ganancias de la Comunidad de Bienes  
  • Notario: Escritura pública  (en el caso de aportación de bienes inmuebles o derechos reales)
  • Consejerías de Hacienda de las CC.AA.: Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados 
  • Agencia Tributaria (AEAT): Número de identificación fiscal 
  • Cada comunero debe darse de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores (alta en la casilla 111 y marcar la casilla 601 si están obligados a los pagos fraccionados del IRPF por ser miembros de una Entidad en Atribución de Rentas)